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TÉRMINOS Y CONDICIONES AGREGADOR YPC

Los siguientes términos y condiciones (en adelante TyC) constituyen un acuerdo entre cualquier persona que acceda, se registre o contrate los servicios de YOURPAYCHOICE, S.A. de C.V. (en adelante YPC), por los que se rige el uso de su sitio web, productos y servicios físicos y digitales como serán detallados en las declaraciones de estos TyC.

El usuario debe leer, entender y aceptar todas las condiciones establecidas en estas TyC y demás políticas y principios incorporados a las mismas por referencia, previo a su registro como Usuario o la utilización del Servicio de Agregador como cliente, subafiliado o afiliado.

Cualquier persona que no acepte estos términos y condiciones generales, los cuales tiene un carácter obligatorio y vinculante, deberá abstenerse de utilizar el sitio web o los servicios.

Asimismo, se consideran aceptados por parte del cliente desde el momento en que crea una cuenta con YPC, utiliza sus productos o servicios o continúa su uso al ser notificado de cualquier cambio en los TyC, lo cual constituye una aceptación libre, válida y exigible, conforme a derecho y a las disposiciones legales mexicanas aplicables en materia de contratación electrónica, por lo cual el Cliente es completamente responsable del entendimiento claro de los presentes TyC y del resguardo físico o digital que el Cliente realice de los referidos TyC, puesto que YPC no asume esa responsabilidad como propia y que, en caso de no estar de acuerdo con lo aquí plasmado, o no acepte los productos o servicios, podrá solicitar la baja de su cuenta con las condiciones que se detallen más adelante en la cláusula décima cuarta de estos TyC.

Declaraciones.

YPC es una sociedad mercantil debidamente constituida de conformidad con las leyes de los Estados Unidos Mexicanos, conforme el acta constitutiva 58990, de fecha 9 de marzo de 2015, ante la fe del Notario Público 61 de la Ciudad de México, Licenciado Javier E. Del Valle y Palazuelos, legalmente facultada para celebrar el presente contrato.

Está inscrita en el Registro Federal de Contribuyentes con la clave YOU1503096F2, con domicilio en Insurgentes Sur 859 Piso 2 Colonia Nápoles, Delegación Benito Juárez, CP 03810 Ciudad de México.

YPC ofrece el servicio de Agregador de pagos para recibir pagos con Tarjeta -débito o crédito- conforme a las disposiciones publicadas por el Banco de México para participantes de redes de medios de pago, la autorización de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores para los servicios de Agregación y demás normativa aplicable. YPC declara estar en cumplimiento con lo dispuesto por la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita.

Definiciones:

Para el entendimiento claro de los presentes TyC se entenderá:

ADQUIRENTE. Participante en redes que, de conformidad con el contrato con la Cámara de Compensación para pagos con tarjetas, provea servicios de pagos a Receptores de pagos o Agregadores, en las Redes de Pagos con Tarjetas.

AFILIACIONES PRINCIPALES. Claves numéricas asignadas por el ADQUIRENTE a YPC en conjunto con la Cámara de Compensación para identificar al Agregador en dos esquemas: 1) giro natural y 2) giro AGREGADOR lo que permite asignar a cada Receptor de Pagos subafiliado un número de afiliación determinado por el Agregador.

AGREGADOR o YPC. Participante en redes que, al amparo de un contrato de prestación de servicios celebrado con el adquirente, ofrece a Receptores de pago el servicio de aceptación de pago con tarjeta y provee la infraestructura de TPVs, MPOS o Dispositivos conectados a dichas redes.

A través de la plataforma YPC, los clientes podrán revisar sus saldos, transacciones y movimientos, así como realizar solicitudes o reportes a YPC respecto de sus servicios.

AUTORIDADES. A la Comisión Nacional Bancaria y de valores (en adelante CNBV) y al Banco de México (en adelante BANXICO), a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público en adelante (SHCP) y la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (en adelante CONDUSEF), conjuntamente.

AUTORIZADOR. Empresa aprobada por el Banco para otorgar autorizaciones de transacciones de pago con tarjetas de crédito o débito, a través de internet, teléfono, terminales punto de venta.

AUTENTICACIÓN. Procedimiento por el que se valida un cargo con tarjeta de crédito o débito efectuado por el Tarjetahabiente autorizado por el Emisor. Puede tratarse de un CVV o de la autorización que se conceda con chip y clave NIP.

CÁMARA DE COMPENSACIÓN PARA PAGOS CON TARJETA. Persona autorizada por BANXICO de conformidad con las Disposiciones de carácter general que éste emita, para fungir como entidad central o para ser la operadora de un mecanismo de procesamiento centralizado a través del cual se realizan las acciones que correspondan para intercambiar entre Adquirentes y Emisores, solicitudes de autorización, autorizaciones de pago, rechazos de pago, devoluciones, ajustes u otras obligaciones financieras relacionadas con Pagos con Tarjetas, incluida la compensación.

CLIENTE, SUBAFILIADO o AFILIADO YPC. Persona física o moral con actividad empresarial, régimen de incorporación fiscal (RIF) así como pequeños comercios. Los representantes o contratantes deberán ser personas mayores de edad y acreditar la personalidad jurídica para aceptar los términos y condiciones de YPC, así como la capacidad para presentar toda la documentación requerida para la contratación del servicio.

CONTRACARGOS. Cuando el Tarjetahabiente declare una inconformidad con el banco Emisor de su cuenta sobre una transacción que no reconoce haber realizado, autorizado o efectuado con su tarjeta de crédito o débito, será generado el procedimiento de reembolso en beneficio del Tarjetahabiente que hubiere generado el reclamo.

EMISOR. La entidad Participante en Redes que expide Tarjetas y que, a través de la Cámara de Compensación de Pagos con Tarjeta, recibe las solicitudes de autorización de pago que le dirige el Adquirente y genera las respectivas autorizaciones de pago, rechazos de pagos, devoluciones y ajustes, con el objeto de ser enviados al CLIENTE a través de la Cámara de Compensación y al Adquirente que corresponda.

DOCUSIGN. Plataforma digital que permite la conexión interna con la plataforma de YPC para llevar a cabo la firma electrónica de contratos y documentos a celebrarse entre YPC y el cliente capaz de preservar la integridad de su contenido y es una herramienta apta para acreditar la autoría de las firmas que mediante este se generen emitiendo certificados de validez probatoria plena.

FIRMA ELECTRÓNICA. la firma a la carta electrónica Servicio DocuSign, que proporciona una visualización en línea, entrega de certificado, acuse de recibo, firma electrónica y servicios de almacenamiento de Documentos Electrónicos a través de Internet.

MEDIOS DE DISPOSICIÓN. Se consideran Tarjetas de débito, Tarjetas de crédito, cheques, órdenes de transferencia de fondos, incluyendo el servicio conocido como domiciliación y cualquier dispositivo o interfaz que permita la realización de pagos o transferencias de recursos.

PERFIL. Al momento del registro, al cliente le serán solicitados datos personales para la activación de su cuenta. Además, para poder proporcionar sus servicios YPC solicitará información y documentación adicional que formará parte de su expediente y será su perfil de identificación para la relación comercial con YPC.

PLATAFORMA YPC. YPC concede su servicio de Agregador mediante la sub afiliación de clientes, para lo cual desarrolló una plataforma web en la que los usuarios podrán crear su perfil, acceder y contratar los servicios de agregador ofrecidos por YPC, revisar movimientos y transacciones, firmar sus documentos, resolver contracargos, así como revisar saldos y recepción de pagos.

REDES DE MEDIOS DE DISPOSICIÓN. Serie de acuerdos, protocolos, instrumentos, interfaces, procedimientos, reglas, programas, sistemas, infraestructura y demás elementos relacionados con el uso de Medios de Disposición.

SITIO WEB. yourpaychoice.com es el sitio web a través del cual se podrán conocer o contratar los productos y servicios físicos y digitales, así como conocer la normatividad y hacer un registro para poder activar cuentas a usuarios.

TARJETAHABIENTE. Titular de la tarjeta de crédito o débito susceptible de utilizarse en la red de pagos con Tarjeta.

TERMINAL PUNTO DE VENTA. También conocido como TPV o POS (por el acrónimo en inglés de Point of Sale) son dispositivos electrónicos con conexión a la red, que proporciona la lectura de una tarjeta de crédito o débito por medios de autenticación.

Los TPVs físicos podrán ser utilizados por el cliente para la venta física con tarjeta presencial, donde deberá solicitar los factores de autenticación por NIP, CHIP, así como entregar un voucher físico o electrónico.

Las terminales virtuales permitirán al cliente la vinculación de su comercio electrónico a través de los canales y servicios tecnológicos que se ajusten a su giro comercial dentro de su sitio web, ya sea por iFrame, API, web services, o cualquier otro mecanismo de comunicación tecnológica que mejor se adapte a sus necesidades.

USUARIO. Persona que, sin contratar los servicios de Agregador, acceda al sitio web y registre sus datos dentro del mismo sitio web, la plataforma YPC o la app.

VISITANTES. Cualquier persona que acceda al sitio web yourpaychoice.com o sus hipervínculos dentro de la misma página.


Términos y condiciones:

PRIMERA.- OBJETO. YPC proveerá a sus clientes los servicios de recepción de pagos de tarjetahabientes con tarjeta de crédito o débito a través de la TPV -física o virtual- provista para ese efecto, así como el acceso a una plataforma YPC para la revisión de sus movimientos, balance y saldos además de reportes y notificaciones YPC. El utilizar los servicios de Agregador de YPC implica la aceptación plena e incondicional de todas y cada una de las condiciones generales y particulares de los presentes TyC.

SEGUNDA.-LIMITACIÓN AL OBJETO. Los servicios de Agregación que preste YPC corresponderán a los autorizados por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, publicados en las Disposiciones Generales de BANXICO para Participantes de Redes de Medios, en los términos de operación de los sistemas de pago aplicables y en cumplimiento a los requisitos y procedimientos para efectuar transacciones con Tarjeta.

Por tanto, es responsabilidad absoluta del Cliente la verificación del Tarjetahabiente y la determinación de si el Tarjetahabiente es susceptible de adquirir los productos o servicios, por lo cual, YPC no asume cualquier responsabilidad por las transacciones autorizadas o completadas que tengan que ser reversadas o estén en contracargo presentado. YPC limita su responsabilidad a la entrega de recursos reversados o contra cargados, conforme la cláusula décima de estos TyC.

TERCERA. CUMPLIMIENTO. Es responsabilidad del cliente determinar la aplicación de impuestos trasladados al Tarjetahabiente por la adquisición de sus productos y servicios, mismos que serán pagados al momento de hacer la transacción en YPC, por lo que YPC no absorberá la responsabilidad de pago de impuestos por cuenta del Cliente o de los Tarjetahabientes que utilicen sus servicios.

El cliente desde este momento exime de responsabilidad a YPC de cualquier responsabilidad ante las autoridades fiscales que pudiera derivarse de la actividad del Cliente, puesto que YPC operará la transacción de pago por las tarjetas con base en los datos que el Cliente ingresó en la plataforma al momento de su registro.


A requerimiento de la autoridad fiscal, judicial o administrativa, YPC está autorizada para la emisión de reportes respecto de las transacciones que sean procesadas por el Cliente y para solventar cualquier responsabilidad imputable a este.

CUARTA. REGISTRO Y ACTIVACIÓN DE CUENTA. Para contratar los servicios de Agregador YPC, los clientes deberán ingresa a: yourpaychoice.com/Account/Registry y completar los datos de registro: nombre, apellidos, creación de usuario y contraseña para el acceso a la plataforma YPC. Una vez completado el registro, YPC procederá a la validación del correo electrónico del cliente para la correcta activación de su cuenta.

Al validar el correo electrónico del cliente, YPC concederá acceso a la plataforma donde, de conformidad con lo establecido por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, la Comisión Nacional Bancaria y de Valores y el Banco de México como autoridades financieras, les serán requeridos en un formulario los siguientes datos:

  1. a. Apellido paterno, apellido materno, nombre(s) sin abreviaturas
  2. b. Género
  3. c. Fecha de nacimiento
  4. d. Entidad federativa de nacimiento
  5. e. País de nacimiento
  6. f. Nacionalidad
  7. g. Clave de elector
  8. h. Dirección de correo electrónico
  9. i. Tratándose de Clientes que sean personas físicas de nacionalidad extranjera y que declaren a YPC, los datos a que se refiere el inciso a) deberán ser provenientes del pasaporte, así como incluir el documento que acredite su legal estancia en el país, como residente temporal o permanente.

Para estar en posibilidad de proporcionar el servicio, YPC solicitará además la entrega digital de la documentación que se enlista a continuación, de la cual el cliente acepta bajo protesta de decir verdad, que la información y documentación proporcionada es veraz y auténtica, por lo que desde su entrega a YPC, asumirá la responsabilidad de su uso y declara que la misma no ha sido manipulada, ni alterada en ninguna de sus partes, de lo contrario, se someterá a las consecuencias jurídicas que sean aplicables de acuerdo con las disposiciones legales vigentes:

• Persona física: Identificación oficial vigente; Constancia de Situación Fiscal (personas con RFC); Comprobante de Domicilio no mayor a tres meses; carátula del Estado de Cuenta Bancaria con nombre y domicilio del titular visibles, con un periodo no mayor a tres meses. En caso de ser residentes extranjeros, se deberá proporcionar Pasaporte y tarjeta de calidad migratoria proporcionada por el Instituto Nacional de Migración, donde se acredite la estancia legal en el territorio mexicano.

• Persona moral: Acta Constitutiva Notariada y Constancia de registro ante el Registro Público del Comercio; instrumento notarial que acredite la personalidad y capacidad del Representante Legal; identificación oficial del Representante Legal; Constancia de Situación Fiscal y actividad a desarrollar; Comprobante de Domicilio no mayor a tres meses; caratula del Estado de Cuenta Bancaria con nombre y domicilio del titular visibles, con un periodo no mayor a tres meses. En el caso de que el representante legal o administrador sea de nacionalidad extranjera, se deberá proporcionar Pasaporte y tarjeta de calidad migratoria proporcionada por el Instituto Nacional de Migración, donde se acredite la estancia legal en el territorio mexicano.

• El cliente registra la información dentro de la plataforma y YPC hará uso de las herramientas que estén a su alcance para validar la autenticidad y veracidad de los documentos e información, sin embargo, esta no se hace responsable por cualquier carencia de veracidad o falsificación por parte del cliente.

Para los servicios de Agregador, YPC pone a disposición una interfaz web -plataforma YPC- que permite al cliente enviar la información y documentación necesaria para operar dentro del marco legal de los sistemas de pago. En cumplimiento a la normativa mexicana, será responsabilidad del Cliente responder el cuestionario de conocimiento de cliente para poder hacer uso de su cuenta.

La validación inicial de los documentos proporcionados podrá tomar hasta 72 horas hábiles. El área interna de riesgo de YPC revisará de acuerdo con sus lineamientos, la legal procedencia tanto de la documentación proporcionada como la aclaración correspondiente en caso de requerirlo. Si el cliente tiene alguna duda o comentario deberá contactar a YPC por los medios de comunicación que se establecen en la cláusula sépttima de estos TyC.

QUINTA. VALIDACIÓN DOCUMENTAL Y AUTORIZACIÓN DE LA CUENTA. Posterior a la validación interna, YPC autorizará o en su caso, negará al cliente el uso de sus servicios. En caso de no proporcionar la documentación requerida, YPC no hará el envío de la TPV -física o virtual- y mantendrá la cuenta inhabilitada hasta en tanto el cliente envíe la totalidad de documentos requeridos y YPC haya realizado la validación correspondiente para el uso de sus servicios.

Además de la documentación y el cuestionario mencionados en la cláusula anterior, YPC puede solicitar cualquier información adicional que se considere necesaria correspondientes al perfil y operativa del cliente con la finalidad de asegurar el menor riesgo posible y derivado del análisis integral de esta, se determinará la autorización o negación del servicio por las siguientes causas enlistadas en forma enunciativa mas no limitativa: documentación falsa, no legible o errónea; se compruebe que la información proporcionada no es válida; el giro de la actividad no se encuentre autorizado; o no cumpla con los requisitos antifraude.

Dicha documentación se manejará de acuerdo con el aviso de Privacidad publicado en: yourpaychoice.com/privacidad

En caso de que, el cliente no presente respuesta alguna respecto a la documentación requerida en un término de catorce días naturales, YPC tendrá la facultad de eliminar la cuenta. Para solicitar nuevamente la activación de cuenta y autorización del servicio, el cliente deberá iniciar de nuevo el proceso de registro y cumplir con todos los requisitos que le sean solicitados por YPC.

Posterior al registro y validación del cliente, se realizará el envío del contrato para la suscripción y firma por parte del cliente dentro de la plataforma, el cual se compone además de las disposiciones contenidas en estos TyC, las comisiones acordadas y las disposiciones relativas a la privacidad. Esta será la formalización de la prestación de servicios y los documentos suscritos los únicos aplicables para la interpretación de la relación contractual conforme las disposiciones legales mexicanas.

SEXTA. DISPOSITIVO TPV. Posterior a la validación de la documentación y una vez firmado el contrato, el cliente podrá elegir su dispositivo TPV de acuerdo con la necesidad que requiera el giro de su negocio, YPC enlazará dicho TPV y hará el envío correspondiente al domicilio señalado por el cliente donde se le indicarán los pasos a seguir para la conexión de la TPV, o bien, podrá descargar a través de la plataforma YPC, las APIs necesarias, así como el manual de integración para que habilite su terminal virtual en su sitio web.

El TPV está enlazado únicamente al Cliente que realizó su registro y fue validado por YPC para la concesión del servicio de Agregador, por lo cuál, éste sólo podrá funcionar cuando se opere con los datos que el cliente señaló al momento de su registro. El registro que realice el cliente o su representante será intransferible y, por tanto, el titular será la persona que lo haya efectuado cuyo nombre y datos aparecerán en la plataforma y será el único autorizado para efectuar las transacciones y el único responsable de la legalidad de estas.

YPC se reserva el derecho de inhabilitar la TPV -física o virtual- asignada al cliente que haya sido utilizada por otro usuario o comercio así como responsabiliza directamente al cliente del buen uso de sus servicios. Por tanto, las transacciones que se hayan realizado a través de una TPV adquirida por un medio distinto al señalado en el párrafo anterior o que haya sido configurada para ser operada por otro cliente, o utilizada por actividades distintas a las señaladas en los formularios y cuestionarios proporcionados o que se verifique por YPC que el cliente realiza actividades estrictamente prohibidas conforme estos TyC, lo cual será causa suficiente para que YPC suspenda la cuenta o incluso la cancele.

Al momento de la recepción de la TPV física, el cliente tendrá un periodo de 36 horas para la revisión del correcto funcionamiento del dispositivo, por lo que pasado el tiempo señalado, YPC asume que la TPV funciona correctamente y el servicio se encuentra activo.

SÉPTIMA. CONTACTO. Al realizar el registro y posterior a la validación del cliente, se realizará la entrega de una copia digital de los presentes TyC los cuales se asumen aceptados por el cliente desde su registro.

YPC pone a disposición del cliente la plataforma YPC que permite -además del envío de información y documentación necesaria para el registro y validación del cliente- la consulta de sus movimientos, balances y saldos, así como la recepción de notificaciones o levantamiento de reportes relacionados con el uso de su cuenta.

En caso de que el cliente presente cualquier problema en referencia a su cuenta, movimientos, transacciones entre otras, el cliente podrá levantar un ticket en el área de soporte dentro de su perfil o bien, contactarse con el servicio al cliente de YPC, en el correo electrónico clientes@yourpaychoice.com o al teléfono 5566515050.

OCTAVA. OBLIGACIONES DEL CLIENTE. Además de las señaladas a lo largo de los presentes TyC, el cliente se obliga a:

  1. a. Obtener la TPV o los servicios de la plataforma exclusivamente a través de los canales autorizados por YPC, por lo que no podrá obtenerla por medios propios o a través de un tercero puesto que cualquier obtención o acceso no autorizado será motivo de cancelación del servicio sin responsabilidad para YPC y con total responsabilidad para el cliente en la reparación de daños y perjuicios que pudieran ocasionarse para YPC, sus asociados o terceros.
  2. b. El cliente se obliga a mantener sin alteración alguna, los dispositivos adquiridos y colocados en sus establecimientos o comercios, así como informar a través de los medios establecidos por YPC en la cláusula séptima cualquier robo o extravío para que YPC comunique al cliente los pasos a seguir para la reposición de la TPV y la reactivación de su servicio.
  3. c. El cliente se obliga a sujetarse a la legislación aplicable, reglas, manuales operativos, lineamientos, políticas y cualquier otro documento de índole regulatorio que emita YPC o los participantes en el servicio -incluyendo proveedores y marcas- por lo que YPC se reserva el derecho de cancelar el servicio a cualquier cliente que realice transacciones u operaciones que representen un riesgo para el sistema y funcionamiento de la plataforma, o bien, dañar la reputación de YPC o los participantes en el servicio -incluyendo proveedores y marcas.
  4. d. El cliente que realice el registro para la obtención de servicios YPC será responsable a plenitud de las contraseñas y datos de acceso en forma confidencial, por lo cual queda estrictamente prohibido revelar la información o ponerla en disposición de terceros. El cliente asume la obligación de responder ante las autoridades por la concesión no autorizada de accesos, o contraseñas que generen el daño o pérdida por la utilización no autorizada de esa información. Por lo anterior, es obligación del cliente conocer y ejecutar las actualizaciones o implementar cualquier cambio o normativa que robustezca la seguridad de las contraseñas y que le haya sido informado como necesario por YPC.
  5. e. Es obligación del cliente informar a YPC, si considera, sospecha o asegura que su información ha sido sustraída en forma ilegal o comprometida, a través de los medios de comunicación habilitados por YPC.
  6. f. El cliente se obliga a proporcionar toda la información que le sea requerida por YPC, tras haber completado su registro y en cualquier momento durante la relación contractual, en forma veraz y completa, así como designar un correo electrónico de contacto válido y accesible para recibir mensajes o notificaciones necesarias.
      1. El correo podrá ser modificado exclusivamente en casos excepcionales previa autorización que conceda YPC, siempre y cuando se cumplan los requisitos que solicite YPC, incluyendo proporcionar documentación adicional para efectuar el cambio.
      2. El cliente se compromete a mantener actualizados sus datos personales en esta y todas las situaciones que se susciten de la relación contractual con YPC referentes a:
          1. i. La cuenta bancaria de recepción de depósitos
          2. ii. RFC
          3. iii. Domicilio
          4. iv. Nombre del dueño del comercio

En caso de que el cliente requiera cambios en los datos mencionados con antelación, posterior a la solicitud de evaluación por parte de YPC, el cliente conoce desde este momento que YPC podrá iniciar nuevamente el proceso de validación respectivo y que, en caso necesario, podrá requerir documentación adicional a más tardar a los cinco días posteriores de haber recibido la solicitud.

De autorizarse los cambios solicitados, se verán reflejados a más tardar en los siete días hábiles posteriores a la solicitud, pudiendo o no, existir una notificación por parte de YPC para su autorización. Si el cliente no ve reflejados los cambios en el periodo señalado o bien, no recibió una notificación de requerimiento de solicitud adicional, o si habiéndola proporcionado no se realizó la modificación, es obligación del cliente notificar a YPC por los medios establecidos.

El cliente se obliga a entregar la información que le sea requerida en cualquier momento por YPC, respecto de las transacciones realizadas a través de la prestación del servicio, así como a permitir las visitas a los comercios de los clientes para validar la información que ha sido proporcionada, entre ellas incluida la validez del domicilio.


  • Es obligación del cliente informar cualquier suspensión o cancelación de actividades relacionadas con la cuenta con la que fueron solicitados los servicios de YPC, así como el cliente será responsable de no utilizar los servicios de YPC para ninguna actividad prohibida expresamente, como lo señalan estos TyC.
  • Es obligación del cliente informar a través de la plataforma en forma clara las actividades, productos o servicios que proporcionará y notificar inmediatamente cualquier modificación que se realice con relación a su giro de negocio, toda vez que YPC está sujeta a la normativa aplicable en la materia y, por tanto, al contratar los servicios de YPC, también lo está el cliente. En ese sentido, YPC se reserva el derecho de cancelar o suspender cuentas que no se encuentren en cumplimiento con las disposiciones aplicables o que operen en forma sospechosa.
  • El cliente esta obligado a la transferencia de impuestos a los tarjetahabientes, así como al pago de estos que represente el servicio, deslindando desde este momento a YPC de su cumplimiento. Además, deberá informar el cliente al tarjetahabiente que YPC opera únicamente como procesador de pagos con tarjeta de crédito o débito.
  • En caso de que el tarjetahabiente tenga un reclamo contra YPC por motivo de un cargo derivado de la adquisición de un bien o servicio con el cliente, este último se obliga a la atención de la reclamación dejando a salvo los intereses de YPC en toda acción o demanda ante cualquier autoridad judicial o administrativa. Asimismo, el cliente se obliga a no difamar ni causar cualquier daño que afecte a YPC o los participantes en el servicio -incluyendo proveedores y marcas-, así como se obliga al pago de daños y perjuicios en caso de que por su actuar se derive una afectación directa o indirecta a los primeros.
  • El cliente está además obligado a entregar o brindar el servicio ofrecido por éste a los tarjetahabientes que hayan pagado a través de YPC. Por lo anterior, asume el cliente que cualquier reclamo o solicitud de devolución será responsabilidad de éste con el Tarjetahabiente, dejando a salvo los derechos de YPC de cualquier reclamo o solicitud de contracargo o reembolso.
  • El cliente será el único responsable de supervisar las prácticas que utilicen por cuenta propia sus operadores, cajeros, subordinados, empleados o de sus representantes o terceros, en el momento en que se reciban pagos a través de YPC, por lo que si alguno de éstos incurre en alguna actividad será motivo de suspensión o cancelación de su cuenta, será el cliente el único responsable y por tanto, este deberá realizar el pago de la indemnización por responsabilidades o cobros indebidos que le sean imputados al cliente, conforme los daños y perjuicios que resulten.
  • Con relación a la cláusula sexta de los presentes TyC, el cliente está obligado a obtener la TPV exclusivamente en la forma señalada.
  • El cliente no podrá abrir, alterar o modificar el dispositivo TPV que reciba de YPC, pues en caso de realizar alguna de las acciones enunciadas con antelación, perderá cualquier garantía y podrá incluso hacerse acreedor a la cancelación de la cuenta en forma irrevocable. En caso de recibir un dispositivo que no funcione adecuadamente o que el mismo presente un mal funcionamiento, deberá notificar inmediatamente a YPC mediante los canales establecidos en la cláusula séptima.
  • El cliente está obligado directamente con los tarjetahabientes al manejo, uso y protección de los datos personales que le sean entregados conforme la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de Particulares.
  • Si al momento de realizar la liquidación de saldos el cliente recibe un pago que no corresponda con sus transacciones, deberá notificarlo inmediatamente vía telefónica a YPC, así como devolver el monto pagado en forma indebida, de no hacerlo, YPC se reserva el derecho de retener futuros pagos hasta la recuperación del monto total de la suma entregada indebidamente.
  • Permitir a YPC por cuenta propia o de terceros la revisión respecto de su documentación, comercio, persona o giro de negocio, que se encuentra en cumplimiento con la legalidad y normativa aplicable.
  • El Cliente será responsable de cubrir las multas que las marcas o cualquier otra entidad imponga a YPC siempre que sean atribuibles a cualquier operación transaccional realizada por el cliente, que hayan generado cargos que deban cubrirse en forma de pago de daños y perjuicios, concediendo el cliente la facultad a YPC de la retención de saldos en tanto se realice la investigación respectiva, por el plazo señalado con antelación en los TyC, dependiendo del caso particular de que se trate, conforme lo dispuesto en la cláusula 8 del contrato de prestación de servicios.
  • Conforme a las cláusulas sexta y décima cuarta de los presentes TyC, el cliente está obligado a notificar cualquier daño o alteración que presente la TPV, así como será obligación del cliente la devolución del dispositivo cuando:
      1. i. El cliente manifieste su deseo de devolver el producto y terminar la prestación del servicio.
      2. ii. Se haya cancelado la cuenta en forma permanente.
  • El Cliente no podrá:
      1. i. Exigir límites mínimos de pago para la aceptación de una tarjeta.
      2. ii. Aplicar precios superiores ni comisiones adicionales por el uso de una tarjeta en relación con una operación de pago.
      3. iii. Realizar deducciones en efectivo durante la operación de pago.
      4. iv. Llevar a cabo transacciones de pago en otros territorios además de México y en otras monedas además de Pesos Mexicanos.
      5. v. Discriminar entre tarjetas por cualquier motivo.
      6. vi. Presentar para su procesamiento o para su crédito, directa o indirectamente, cualquier transacción de pago no originada de una transacción de pago directa entre el Cliente y el tarjetahabiente o cualquier transacción de pago que el cliente sepa o deba saber que es fraudulenta o no autorizada por el tarjetahabiente.
      7. vii. Presentar para su procesamiento cualquier transacción de pago que represente la refinanciación de una obligación existente del titular de la tarjeta.
      8. viii. Realizar una transacción que requiera a cualquier tarjetahabiente renunciar a su derecho a disputar una transacción de pago.
      9. ix. Procesar una compra de bienes o servicios como varias transacciones de pago (fraccionar cargos).
      10. x. Utilizar el servicio para efectuar transacciones de pago con tarjetas a su nombre o en su cuenta con el propósito de financiarse sí mismo, sus representantes, su cónyuge o concubino y sus ascendentes, descendientes o parientes colaterales hasta el cuarto grado.

    NOVENA. TRANSACCIONES. Las transacciones que se realicen a través de TPVs, atenderán lo siguiente:

    El cliente podrá aceptar transacciones con tarjeta de crédito o débito que el emisor haya autorizado previamente al tarjetahabiente que busca la adquisición de un bien o servicio a través del cliente, a través de y mediante venta con lector de tarjetas CHIP, venta NFC sin contacto, comercio electrónico y ligas de pago.

    El cliente está obligado en forma individual a la validación y autenticación de los Tarjetahabientes. Si la tarjeta de crédito o débito cuenta con CHIP, el cliente está obligado a utilizarlo como forma de autenticación sin autorización para deslizar la banda magnética a menos que específicamente lo solicite el dispositivo o la aplicación móvil.

    Para el caso en que no acredite la autenticación de los tarjetahabientes además de que se comprueben las operaciones fraudulentas realizadas con tarjetas, se dará aviso al banco emisor para efectos de la cancelación de esta, así mismo se suspenderá la cuenta del cliente hasta determinar el origen y alcances de la responsabilidad.

    Además, para el caso en que se identifiquen operaciones fraudulentas con tarjetas que el emisor haya reportado como robadas y conforme el inciso vi. de la fracción f) de la cláusula novena de estos TyC, el cliente deberá obtener una clave de identificación de la instrucción correspondiente y remitir la información de esta a YPC a la brevedad.

    El cliente deberá abstenerse de procesar una Transacción con una Tarjeta reportada como perdida, robada o que de cualquier forma sea inválida, para lo cual el cliente se obliga a verificar la validez de las tarjetas utilizadas por los tarjetahabientes.

    Asimismo, para el procesamiento de pagos por medio de comercio electrónico o ligas de pago el cliente se obliga a validar que la identidad del tarjetahabiente corresponda con los datos de la tarjeta con la que se realiza el pago. Para lo cual, podrá utilizar el formato proporcionado por YPC para la autorización del pago o bien un formato propio en el que se determine claramente que el tarjetahabiente ha solicitado y autorizado la transacción correspondiente.

    Las transacciones llevadas a cabo a través de YPC, podrán ser declinadas cuando de la verificación con el autorizador se encuentre algún supuesto de restricción como: tarjeta reportada, tarjeta con chip que se pretende leer por banda magnética, monto inválido, rechazo por parte del emisor -bloqueo, tarjeta vencida, pin incorrecto o fondos insuficientes.

    Serán aprobadas las transacciones autorizadas por los Bancos Emisores de las tarjetas utilizadas por los Tarjetahabientes para la adquisición de productos o servicios de los clientes mediante YPC, quien está obligado a notificar a los tarjetahabientes la transacción y cargo efectuados con su tarjeta.


    DÉCIMA. ACLARACIONES, DEVOLUCIONES Y CONTRACARGOS.

    Los tarjetahabientes podrán realizar el procedimiento de aclaración, devolución y contracargos que correspondan, para lo cual, YPC recibirá la notificación correspondiente del adquirente y realizará la entrega automática de los recursos sujetos a estos procesos, conforme lo siguiente:

    Las transacciones aprobadas podrán ser devueltas por el cliente al tarjetahabiente, en un plazo no mayor a 30 días naturales y siempre que la transacción no se encuentre en aclaración o contracargo por el banco emisor. Para esto, se deberá señalar el monto exacto, el número de autorización, los primeros 6 y últimos 4 dígitos y la fecha de expiración de la tarjeta utilizada. YPC solicitará al autorizador la devolución respectiva.

    De autorizarse, los montos a devolver provendrán del saldo a dispersar del cliente, y en caso de ser insuficiente, el cliente autoriza a YPC el cobro retroactivo, con los recursos que se generen en posterioridad hasta el total cumplimiento de pago. Si el cliente no lleva a cabo transacciones posteriores con las que pueda llevarse a cabo el cobro adeudado, se concederá al cliente un plazo máximo de 5 días para realizar el reembolso vía SPEI a YPC, a partir de la notificación que se realice al cliente. De no realizar el pago en el periodo señalado, el cliente asume la responsabilidad de dicho pago así como los intereses moratorios que se generen por la deuda adquirida, a una tasa de XXX interés anual.

    Si de las transacciones autorizadas se recibe la notificación de que estas se encuentran en proceso de contracargo o aclaración, independientemente de que la misma haya sido autorizada con o sin 3DSecure, YPC procederá a realizar la entrega inmediata de los recursos al tarjetahabiente, con los recursos que se encuentren por dispersar al cliente que, en caso de ser insuficientes, el cliente autoriza a YPC el cobro retroactivo, con los recursos que se generen en posterioridad hasta el total cumplimiento de pago, o respecto del fondo de garantía que el cliente hubiere constituido con YPC, según sea el caso.

    Una vez notificada la aclaración o contracargo al comercio, este tendrá un plazo máximo de 24 horas para entregar la información siguiente:

    1. a. Descripción y fecha de la mercancía entregada o servicio proporcionado.
    2. b. Domicilio de entrega del producto o servicio y nombre de quien recibe con número de guía de envío y compañía mensajera (en caso de ser aplicable).
    3. c. Cualquier documento que acredite la prestación de servicio o entrega del bien pagado por el cliente.

    YPC procederá a la entrega de la información proporcionada por el cliente al adquirente responsable quien junto con el emisor del contracargo determinará la procedencia del mismo. En un lapso de al menos 45 días, YPC notificará al cliente la resolución final y el estado de los recursos.

    A la entrega de la resolución, el cliente contará con otros 45 días para realizar cualquier apelación. Transcurrido el plazo, la decisión es inapelable.

    Para todos los contracargos representados y ganados, la cantidad retenida será devuelta al cliente del saldo previamente retenido.

    Además de lo anterior, el cliente autoriza a YPC la retención de saldos por dispersar, por un plazo máximo de 180 días, en aquellos casos en los que se sospeche un fraude o actividades ilícitas, así como solicitar la validación del área de riesgos para poder dispersar siempre y cuando el tarjetahabiente no hubiere presentado un contracargo, pues de lo contrario se enviarán los saldos disponibles menos los recursos reclamados.

    Si del análisis de operaciones que realice YPC se observa una inconsistencia que produzca sospecha o riesgo de fraude, el período de retención podrá ampliarse hasta por 180 días naturales más, en los que el tarjetahabiente podrá realizar un contracargo, de no presentarse el mismo y a la conclusión del periodo, se procederá al envío de los saldos adeudados.

    Se consideran transacciones irregulares:

    1. a. Cuando el mismo Tarjetahabiente efectúe varios consumos utilizando Tarjetas de distintos Emisores.
    2. b. Cuando el mismo Tarjetahabiente se presente en diversas ocasiones con el mismo Receptor de Pagos en diferentes horarios.
    3. c. Cuando diferentes personas realicen diversas compras utilizando la Tarjeta de un mismo Tarjetahabiente.
    4. d. El procesamiento de operaciones con aquellas Tarjetas que el Emisor le reporte como robadas, inválidas o extraviadas, o bien, cuando así le sea indicado al momento de solicitar la autorización de la operación.
    5. e. Procesar operaciones con Tarjetas que no presenten firma autógrafa en el panel correspondiente.

    DÉCIMA PRIMERA. GIROS Y ACTIVIDADES PROHIBIDAS. Las siguientes actividades deberán ser revisadas por el agregador con el Adquiriente para que el cliente pueda llevarlas a cabo con los servicios que provee YPC.

    Las ventas de cualquiera de los siguientes productos o servicios de riesgo, tales como: acai o tés relacionados con la salud; productos masculinos del realce; productos blanqueadores de dientes; limpiador de colon y otros productos de desintoxicación; las píldoras de dieta y productos relacionados; rayas de glucosa; trabajo desde casa – planes basados en internet.

    Los servicios que ofrecen subvenciones, incentivos, gratificaciones monetarias del gobierno;Oportunidades de negocio; juegos de azar o competiciones de o con efectivo o dinero; farmacéuticos; los servicios de viajes; revendedores de tiempo compartido; crédito, hipoteca, reducción de la deuda; protección contra la ejecución de una Hipoteca o deuda; reducción de la tasa de interés de tarjetas de crédito; venta de software anti-virus a través de anuncios inexactos; contenido para adultos; cigarrillos en línea; subastas pequeñas.

    La venta de productos o servicios que se consideren pertenecientes o relacionados con los siguientes Giros de Alto Riesgo o prohibidos como sexo; pornografía; esoterismo; horóscopos; compra venta de pornografía infantil; zoofilia; reconstrucción de un crimen. En caso de contar con página web, este no debe contener, material calumnioso, difamatorio, obsceno, pornográfico o soez o instrucciones que pudieran ocasionar daño a cualquier persona, o pudieran dañar la reputación YPC o de sus marcas asociadas.

    La venta de productos o servicios que se consideren pertenecientes o relacionados con las siguientes industrias y transacciones restringidas como: operación desde un número de apartado postal o aceptar órdenes por contestadora automática sin ninguna dirección física permanente desde la cual opera el establecimiento, como subastas por internet, tiempos compartidos, servicios futuros – inversión en el vencimiento futuro de los bienes, cambio o garantía de cheques y establecimientos de casas de cambio, cobro de la deuda, servicios financieros, juegos de azar, entretenimiento para adultos, prostitución, personas y organizaciones que apoyan al terrorismo, partidos políticos, droguerías (farmacias) venta de medicamentos controlados o de prescripción médica vía internet a tarjetahabientes nacionales o extranjeros,casinos, casas de juego, apuestas, lotería, billetes de lotería, juegos de azar, apuestas-carreras de caballos, tabaquerías.

    La venta de productos o servicios que se consideren pertenecientes o relacionados con los siguientes actividades excluidas como viaje (incluyendo viaje por avión, crucero, renta de autos, alojamiento, operadores de viajes turísticos), telecomunicaciones (incluyendo inalámbricas, por cable, satelitales, alámbricas, proveedores de servicio de internet), venta de productos o servicios que se consideren pertenecientes o relacionados con los siguientes negocios o prácticas de marketing o comercialización como continuidad o pagos recurrentes, oferta de prueba gratis o con descuento, pago la oferta de envío o marketing o comercialización multinivel.

    Cualquier tipo de transacción que infrinja leyes locales, nacionales o internacionales.

    DÉCIMA SEGUNDA. OBLIGACIONES DE YPC. Son obligaciones de YPC:

    1. a. Garantizar la Protección de Datos personales de sus clientes conforme lo establecido en la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de Particulares, así como mantener su base de datos actualizada con los controles y medidas de seguridad requeridos.
    2. b. Contar con la autorización de las entidades financieras como la Comisión Nacional bancaria y de valores y el Banco de México, para brindar los servicios que ofrece conforme las disposiciones aplicables, así como garantizar la confidencialidad de los datos utilizados a través de su plataforma.
    3. c. Garantizar la disponibilidad del servicio de medios de pago las 24 horas los 365 días del año, con una recepción garantizada de recursos en un tiempo máximo de 24 horas, exceptuando los casos fortuitos o fuerza mayor.
    4. d. Informar oportunamente a los clientes de las actualizaciones necesarias que se requieran para el uso de sus plataformas y de sus servicios, sin que por ello se limite la prestación del servicio, salvo los casos que en estos TyC se enuncian.
    5. e. Transferir oportunamente en un tiempo máximo de 24 horas vía SPEI, el saldo por dispersar en favor del cliente a la cuenta bancaria asignada en el perfil del cliente, previamente su verificación y autorización por parte del área de riesgos. Asimismo, se reserva el derecho de no realizar la transferencia en aquellos casos en que exista saldo negativo por contra cargos, devoluciones, la cuenta se encuentra suspendida o cancelada o por cualquier razón enunciada en la cláusula décima cuarta de estos TyC.
    6. f. Al término de cada mes calendario, o bien al último día hábil previo a la terminación del mes corriente, YPC entregará al cliente un estado de cuenta timbrado que será correspondiente al periodo de transacción, o al mismo periodo de 1 mes donde se desglosen las transacciones, movimientos y saldos que el cliente generó con YPC para el periodo establecido. Dicho estado de cuenta estará disponible para su descarga en la plataforma YPC, donde el cliente tendrá acceso a través de la pestaña transacciones  estados de cuenta.
    7. g. Revisar por sí mismo o por persona designada la documentación, comercio, o persona con relación a sus clientes y el giro de sus negocios, en la medida en que se considere necesario para corroborar la legalidad y el cumplimiento de sus obligaciones conforme a la normativa aplicable.
    8. h. YPC autoriza expresamente e instruye al Adquiriente a no liquidar el importe de las Transacciones cuando se actualice cualquiera de los siguientes supuestos:
      1. * Cuando la fecha, importe o número de autorización que contenga el comprobante de operación, no corresponda al proporcionado por el Emisor para la Transacción respectiva.

      2. * Si la firma autógrafa plasmada en el comprobante de operación no corresponde a la del Tarjetahabiente.

      3. * Cuando el comprobante de operación contenga alguna alteración en los datos.

      4. * Cuando ante la reclamación de un Tarjetahabiente, el cliente se vea imposibilitado para demostrar que efectivamente entregó las mercancías producto de las Transacciones en buen estado o de acuerdo con lo descrito en las condiciones o especificaciones presentadas al Tarjetahabiente.

      5. * Cuando una Transacción se llevó a cabo con una Tarjeta que no se encontraba vigente al momento de dicha Transacción o no reunía las correspondientes características de seguridad.

      6. * Si el documento generado como comprobante de la Transacción, es distinto a los comprobantes de operación autorizados.

      7. * En caso de que el cliente genere dos o más comprobantes de operación, derivados de una sola Transacción.

      8. * Cuando el nombre, denominación o razón social del cliente que aparezcan en el comprobante de operación, sea distinto al registrado con YPC.

      9. * Cuando el comprobante de operación de la Transacción no contenga número de autorización.

      10. * Cuando los comprobantes de operación presentados se muestren ilegibles, con tachaduras, manchas, correcciones, enmendaduras, alteraciones o deterioro.

      11. * En las Transacciones realizadas mediante Terminales TPV, cuando el comprobante de operación no cuente con la firma digitalizada del Tarjetahabiente.

      12. * Cuando los comprobantes de operación presentados no ostenten los datos de la Tarjeta, YPC o del cliente, o bien hayan sido incorporados con un medio distinto a la Terminal o al dispositivo electrónico que lo haya emitido.

      13. * Cuando los comprobantes de operación correspondan a cualquier giro distinto al declarado por el cliente de que se trate en la solicitud de afiliación, o a cualquiera de los giros prohibidos que se enlistan en la cláusula décima primera de este documento.

      14. * Cuando el cliente no opere conforme a las instrucciones desplegadas en las Terminales o en los Medios Electrónicos; según sea el caso.

      15. * En caso de que existan diferencias por los depósitos de los comprobantes de operación o en caso de abonos indebidos o improcedentes.

      16. * En caso de incumplimiento por parte del cliente a lo establecido en el presente Contrato, al realizar cualquier Transacción.

    DÉCIMA TERCERA. COMISIONES. YPC proporcionará el servicio de Agregador a sus clientes, con un cobro de comisiones enfocado y personalizado para cada perfil, basada en las necesidades específicas del cliente, ya sea por porcentaje o cantidad fija en pesos mexicanos para cada cobro basado en:

    1. El giro del comercio
    2. La transaccionalidad o ticket promedio del comercio
    3. El tipo de tarjeta -nacional o extranjera- al momento de realizar los cobros

    La determinación de la comisión se realizará de consenso y común acuerdo con el cliente, la cual será aceptada a través de la plataforma YPC, previo a la aceptación de la recepción del servicio.

    Asimismo, YPC podrá modificar los parámetros mínimos y máximos, así como las comisiones en lo particular para el Subafiliado, en cualquier momento previa notificación que realice mediante la plataforma, las cuales quedarán aceptadas por el cliente si no manifiesta oposición a dicha modificación, mediante los canales de comunicación establecidos.

    DÉCIMA CUARTA. SUSPENSIÓN O CANCELACIÓN DEL SERVICIO. El cliente podrá hacer uso de los servicios de YPC por la vigencia de su contrato, dentro de los Estados Unidos Mexicanos para efectos de transacciones a través de los medios que como Agregador YPC pone a su disposición -TPV física o virtual-, concediendo un servicio exclusivo, no sub licenciable, no transferible y no asignable.

    En cualquier momento y previo el cumplimiento de las obligaciones que se encuentren vigentes, el cliente podrá cancelar el servicio, haciendo pago de las cantidades por concepto de comisiones que se adeuden, solicitando la entrega de sus saldos por dispersar y notificando a YPC por correo electrónico su deseo de terminar la relación contractual, para que pueda iniciarse el proceso de cancelación. Para esto, deberá además hacer la devolución respectiva del dispositivo TPV que haya sido asignado y no pagado por el cliente.

    YPC podrá suspender la prestación de servicios o demorar las trasferencias a las cuentas del cliente por la sospecha de actividades fraudulentas, o las enlistadas en la cláusula décima primera, o cualquiera de los incumplimientos a las obligaciones señaladas en la cláusula octava o en contravención a lo dispuesto en la cláusula novena de estos TyC, sin previo aviso y en tanto se realicen las investigaciones pertinentes.

    Sin perjuicio de lo anterior, YPC podrá suspender los servicios con el cliente mediante la simple notificación que realice a través la plataforma o su correo electrónico y hasta el cumplimiento de sus obligaciones vigentes, cuando el cliente caiga en alguno de los siguientes supuestos:

    1. a. Incumplimiento parcial o total de las condiciones generales de la contratación del servicio.
    2. b. Si YPC comprueba que el cliente realiza operaciones fraudulentas.
    3. c. Por registros con documentos apócrifos o información falsa.
    4. d. Ante el incumplimiento en la atención a una solicitud o requerimiento de YPC en un plazo máximo de 72 horas.
    5. e. Por no efectuar una devolución al tarjetahabiente dentro de las 72 horas de haber sido notificado.
    6. f. Por la reincidencia que pueda presentar en contracargos.
    7. g. Por no cubrir el monto de contracargos en las 72 horas posteriores a la recepción de la notificación.
    8. h. Por realizar operaciones distintas a las establecidas en el giro del cliente.
    9. i. Por no acatar o ir en contravención a la normativa en materia de prevención de lavado de dinero y enriquecimiento ilícito.

    En el caso de violaciones a las obligaciones o en caso de comprobarse cualquiera de los supuestos enlistados con antelación en forma enunciativa más no limitativa, el cliente será dado de baja de sus accesos a YPC y tendrá un máximo de 7 días para demostrar que no ha incurrido en las causas que se le atribuyen y presente la evidencia que garantice la autenticidad y veracidad de su operación.

    Mientras tanto, el saldo por dispersar quedará bloqueado hasta la reactivación de la cuenta y por el plazo legalmente permitido. Suspendida la cuenta, el cliente únicamente mantendrá acceso a la plataforma para la consulta de reportes y consultas de transacciones previas.

    Si el cliente no acredita dentro del plazo señalado, o se dictamina por el área de riesgos de YPC que efectivamente se está en incumplimiento al contrato de prestación de servicios así como a lo estipulado por la normativa aplicable, la cuenta será cancelada quedando el saldo por dispersar bloqueado para futuras aclaraciones, contra cargos, o devoluciones en contra del cliente.

    Cuando el saldo a dispersar haya sido bloqueado, no se podrá realizar ninguna reclamación de ningún tipo por parte del cliente para la disposición de ese saldo hasta que no exista la reactivación de la cuenta en favor del cliente, momento en el cual el saldo quedará automáticamente desbloqueado. Para lo anterior, se dará por terminada la relación contractual, en cualquier momento y sin previo aviso, por lo que el cliente será responsable por los daños resultantes y las indemnizaciones correspondientes a cualquier reclamación propia de YPC o de terceros.

    En caso contrario, de tratarse de un dictamen favorable para el cliente, la cuenta se reactivará y se realizarán las transferencias pendientes de saldo por dispersar, en un plazo no mayor a 48 horas tras haber recibido la notificación del dictamen.

    Asimismo, la cuenta podrá ser suspendida o cancelada definitivamente por requerimiento de las autoridades en materia financiera, la Comisión Nacional bancaria y de valores, el Banco de México, el autorizador, el banco emisor, o cualquiera de los relacionados en la operación.

    Si la cuenta es cancelada definitivamente, por los supuestos denunciados con anterioridad o por haber sido suspendida en más de 3 ocasiones o bien, si no ha completado su registro o no fue posible para el área de validación realizar la revisión documental, por lo cual el saldo a dispersar quedará bloqueado hasta la total entrega de los documentos requeridos, y de conformidad con la normativa aplicable para la prevención e identificación de operaciones con recursos de procedencia ilícita.

    Por otra parte, cuando la cuenta sea cancelada en forma permanente o definitiva, el saldo por dispersar que haya sido bloqueado será utilizado para cumplir las obligaciones que resulten en contra del cliente por parte de los tarjetahabientes, como son: devoluciones, contracargos, y todas las operaciones de las que el cliente resulte responsable, a partir de la fecha de la última transacción y hasta por 180 días naturales, momento en el cual se hará entrega de los saldos restantes a favor del cliente.

    En caso de que, el cliente no presente operación alguna respecto a las Transacciones en un término de noventa días naturales, así como movimientos en la cuenta registrada en el mismo lapso, YPC tendrá la facultad de inhabilitar la cuenta, dando de baja los Servicios, así como también estará facultado para recoger la TPV que no haya sido pagada por el cliente.. Para presentar aclaración o realizar nuevamente la activación de la Cuenta en mención, el cliente deberá ponerse en contacto mediante los canales establecidos en los presentes Términos y Condiciones.

    DÉCIMA QUINTA. ACUERDO CONCILIATORIO. Si por consecuencia de lo mencionado en la cláusula anterior, y respecto a la liquidación del saldo adeudado por el cliente a YPC, y al no existir saldo suficiente a retener para el pago de deudas o cargos directos, contracargos o alguno de los enlistados con antelación, YPC podrá llegar a un acuerdo conciliatorio de pagos con el cliente, que se realice a petición de éste, mediante crédito que se solicite en un lapso de 15 días vía correo electrónico, el cual tendrá la obligación de liquidar el cliente en el periodo acordado, pudiendo YPC domiciliar el cargo de no pagarse en los términos estipulados y únicamente hasta por el monto adeudado.

    Una vez que el cliente se encuentre en el supuesto mencionado dentro de esta cláusula, YPC podrá enviar un reporte a buro de crédito o cualquier otra base de datos que difunda el acto del cliente, así como ante la imposibilidad de cobro o domiciliación de la cantidad adeudada, YPC se reserva el derecho de acudir a las instancias judiciales o administrativas pertinentes.

    YPC se reserva el derecho de proceder civil y penalmente en contra de sus deudores bajo estos términos y condiciones en cualquier momento que lo estime pertinente.

    DÉCIMA SEXTA. VIGENCIA. El contrato entre el Cliente y YPC, continuara vigente en forma indefinida en tanto una de las partes no de por terminado el mismo de conformidad con lo dispuesto en el presente instrumento, el cual entra en vigor al momento de aceptar el registro con YPC.

    DÉCIMA SÉPTIMA. MISCELÁNEA. Los presentes TyC se regulan conforme a las disposiciones contenidas en el Código de Comercio, Código Civil Federal, Ley de la Propiedad Industrial, Ley de Protección al Consumidor, Ley Federal para la Prevención e identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros, así como la regulación que en su caso emitan la CNBV o el Banco de México. Ante cualquier controversia acuerdan sujetarse a los Tribunales de la Ciudad de México renunciando a cualquier otra jurisdicción que les corresponda debido a sus domicilios presentes o futuros.

    Asimismo, reconocen que las modificaciones al presente instrumento únicamente podrán realizarse por YPC, bastando para ello la simple notificación que este realice a los clientes mediante correo electrónico.

    YPC señala como domicilio para oír recibir notificaciones el ubicado en Avenida de los Insurgentes Sur 859, Piso 2, Oficina 249, colonia Nápoles, Alcaldía Benito Juárez, C.P. 03810, en la Ciudad de México.

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